lunes, 2 de agosto de 2010

DEFINICIÒN

HEREDERO UNIVERSAL: PERSONA QUE HEREDA EN SU TOTALIDAD LA HERENCIA , INCLUYENDO PASIVOS Y ACTIVOS.


HEREDERO A TITULO PARTICULAR: UNA O MAS PERSONAS QUE HEREDAN EN PARTES IGUALES INCLUYENDO TAMBIEN PASIVOS Y ACTIVOS.


LEGATARIO: EL QUE RECIBE EN PARTICULAR UN BIEN ESPECIFICO, GENERALMENTE ACTIVOS.

No hay comentarios:

Publicar un comentario